La entrada en vigor el 1 de Enero de 2.016 de la ley 35/2015 de 22 de septiembre, ha supuesto un cambio radical en las indemnizaciones a pagar por las compañías de seguros a los grandes lesionados en accidentes de tráfico o lesionados muy graves, ya que contempla cuantías muy elevadas en comparación con las que se venían pagando con anterioridad en idénticos supuestos.
Con el nuevo baremo se ha pretendido corregir las deficiencias que en el antiguo baremo existían para que estos lesionados obtuvieran una justa indemnización o reparación integra del daño causado.
Sin entrar más en el modelo que contemplaba el antiguo baremo, por innecesario a los efectos de este artículo, ya que esta derogado, vamos a analizar los conceptos indemnizables en el nuevo baremo.
Grandes lesionados en accidente de tráfico: conceptos indemnizables en el nuevo baremo
Y así tenemos a los GRANDES LESIONADOS, antes denominada GRAN INVALIDEZ que la Seguridad Social define como:
“La situación del trabajador que, tras sufrir una enfermedad o accidente, esta no solo le impide la realización del trabajo, sino que además le impide la realización de la mayor parte de las actividades de la vida diaria necesitando de la ayuda de una tercera persona”.
En este caso, como decimos, los conceptos indemnizables son varios, y de la valoración de todos ellos resultará la cuantía a indemnizar al perjudicado-gran lesionado.
Ya decíamos, que la indemnización ha de perseguir la restitución integra del daño causado, y para ello tenemos que hablar de todos los conceptos por los que se puede obtener indemnización.
Y estos para un Gran lesionado, y a modo de ejemplo, contemplando todos los conceptos que pueden concurrir en el baremo tenemos:
LESIONES TEMPORALES TRAS ACCIDENTE DE TRÁFICO :
1.- Perjuicio personal particular:
-Por pérdida de calidad de vida hasta la estabilización de las lesiones:
- Muy grave………………………….100 € día
- Grave……………………………….. 75 € día
- Moderado………………………….. 52 € día
-Por cada intervención quirúrgica……entre 400 € y 1.600 €.
PERJUICIO PERSONAL PATRIMONIAL (daño emergente) TRAS ACCIDENTE DE TRÁFICO
-Contempla todos aquellos gastos generados, en un sentido amplio, manutención, alquiler vivienda, desplazamientos, gastos acompañantes, etc.
PERJUICIO PATRIMONIAL (daño materiales)TRAS ACCIDENTE DE TRÁFICO
En este capítulo se engloban los daños causado al vehículo con el que se produjo el accidente.
SECUELAS Y PERJUICIOS VINCULADOS A LAS GRANDES LESIONES TRAS UN ACCIDENTE DE TRÁFICO
-De la tabla 2.A
De este apartado vamos a destacar aquellas que más importancia tienen en las lesiones relacionadas normalmente con los Grandes lesionados, como son:
- Sistema nervioso- paraplejias y tetraplejias
- Columna vertebral
- Sistema neurológico con problemas adaptativos
- Perjuicio estético importante
A los que hay que sumar los conceptos vinculados con estas secuelas, que suponen unas partidas a indemnizar muy importantes contempladas por el baremo, ya sean por la incapacidad del lesionado para realizar otras actividades de la vida, como por la necesidad de contar con la ayuda de otra persona o por el modo en que ha afectado la situación en el ámbito familiar, a saber:
1.-Daños morales complementarios por perjuicios sicofísicos
2.- Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida
3.-Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida familiar
4.- Prótesis y Ortesis
5.- Rehabilitación domiciliaria y ambulatoria
6.- Ayudas técnicas
7.- Adecuación de vivienda
8.- Incremento de coste de movilidad
9.- Ayuda de tercera persona.
LUCRO CESANTE TRAS ACCIDENTE DE TRÁFICO
Sobre este factor hay que tener en cuenta tres aspectos:
1.- Aquellos lesionados que no se han incorporado al mercado laboral, pero que debido a las secuelas que les han quedado como consecuencia del accidente se ven imposibilitados para ejercer un trabajo o profesión durante el resto de su vida o ven reducida dicha posibilidad.
2.- Importante incremento de la cuantía a indemnizar tanto si el lesionado tiene un nivel de formación superior, como en el caso de importante dedicación a las tareas familiares o del hogar.
3.- Aquellos lesionados que incorporados al mercado laboral, en sus diferentes áreas, ven como el accidente por las lesiones causadas, ponen fin a esa actividad laboral, o las reducen y limitan de manera importante.
Tras todo lo expuesto, nos queda trasladarlo a un caso real para su mejor comprensión, y poder conocer las cuantías que se pueden reclamar a una compañía de seguros en caso de un Gran Lesionado, y así:
Para una persona gravemente lesionada con 22 años, teniendo un ámbito familiar de padres y 2 hermanos, con estudios superiores universitarios y de postgrado, que después de pasar un año de avatares médicos hasta la estabilización de las lesiones, se le concede un grado de incapacidad de un 90%, y con secuelas concurrentes muy graves de las expuestas con anterioridad, la indemnización a percibir sería de aproximadamente de DOS MILLONES DE EUROS (2.000.000 €.-).
Si por desgracia, usted o un familiar, ha tenido un accidente con las graves lesiones aquí descritas, así como para todos aquellos que se vean afectados por un accidente de tráfico, en nuestro despacho de abogados Sevilla, no dude que lucharemos hasta obtenerle el resarcimiento completo de los daños y perjuicios que le han causado, teniéndonos siempre a su disposición en nuestro despacho especializado en accidentes de tráfico.
Fdo: Félix Etayo Jarén
Etayo & Díaz del Rio Abogados