Acciones de Bankia – Fraude Salida a Bolsa

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¿Acciones de Bankia?

El Fraude de las acciones de Bankia y la sentencia del tribunal supremo

El Tribunal Supremo se ha pronunciado en una reciente sentencia a favor del derecho de los suscriptores de acciones de Bankia a ser reembolsados del dinero que invirtieron en la compra de títulos de la entidad cuando esta salió a bolsa.

Esta decisión, adoptada por el pleno de la Sala de lo Civil del nuestro Alto Tribunal, supone para los pequeños inversores la devolución de las cantidades invertidas. Se calcula que son alrededor de 370.000 las personas que suscribieron acciones en la salida a bolsa de Bankia, acciones que han perdido un 99% de su valor desde entonces.

Afectados acciones de Bankia

Son muchos los afectados por acciones de Bankia que reclamaron en su día, pero son muchos más los que aún no han dado el paso, por lo que esta Sentencia les despeja el camino para recuperar el dinero de aquella desastrosa inversión, a la que le condujo su falta de información sobre el verdadero valor de la entidad en la que estaban invirtiendo. Por este motivo el Tribunal Supremo considera que hubo error en el consentimiento prestado por los adquirentes de buena fe, que se guiaron por el folleto de la oferta pública de adquisición de acciones, la cual contenía graves inexactitudes. El tribunal respalda que se anule la compra de acciones de Bankia proclamando textualmente:

“La incorrección, inveracidad, inexactitud o los errores contables sobre esos datos publicitados en el folleto, nos lleva a concluir que la información económica, financiera y contable divulgada al público suscriptor, resultó inexacta e incorrecta, en aspectos relevantes, primordiales y sustanciales como son los beneficios y las perdidas de la sociedad emisora”.

Es evidente que se falsearon los datos económicos de la Entidad, de tal modo que una información veraz y exacta de la situación económica de la sociedad, hubiera alejado a los inversores de asumir el riesgo que suponía adquirir acciones de una entidad que luego se demostró se encontraba en verdadera situación de quiebra. Por lo que podemos afirmar que se trato de un autentico fraude, ahora corregido por los tribunales.

Por otro lado la Sentencia supone que todos aquellos que aún no han reclamado puedan hacerlo ya, sin tener que esperar a que la causa penal que se sigue en la Audiencia Nacional concluya, por tanto la vía civil esta abierta para todos para reclamar, sin que importe el resultado con el que concluya la vía penal.

La Sentencia deja fuera de la reclamación a los inversores institucionales, a los que se les supone una mayor capacidad de conocimiento de la situación financiera de la Entidad, y por tanto no les reconoce la posibilidad de haber prestado un consentimiento viciado a la hora de suscribir la inversión.

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Fdo: Félix Etayo Jarén
Socio director de Etayo&Díaz del Rio Abogados